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Albert Einstein: “Si buscas resultados diferentes no hagas siempre lo mismo”

El martes 31 de julio de 2018 el Senado Provincial aprobó sin modificaciones el proyecto que fuera enviado por el Poder Ejecutivo a Diputados.

El argumento principal para establecer nuevas disposiciones ha sido que la Ley 6082/93 y sus modificatorias, no contemplan los avances tecnológicos y la evolución del transporte. Esto teniendo en cuenta que han transcurrido 25 años desde su aprobación.

Considero que muchos aspectos necesitan actualización, no obstante deseo transmitir mis objeciones al procedimiento y resultados de la gestión realizada:

1°.          Se supone que en un régimen democrático, nuestros representantes del poder Ejecutivo y del poder Legislativo deben tener en cuenta las necesidades y experiencias de cada segmento que se va a involucrar en la legislación. En este caso las instituciones del transporte de turismo y agencias de viajes no fueron consultadas.

2°.          En los años 2004 y 2005, las entidades: CAMARA DE TURISMO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, ASOCIACION EMPRESAS TRANSPORTE DE TURISMO y ASOCIACION MENDOCINA DE AGENTES DE VIAJES Y TURISMO, junto al Poder Legislativo y al entonces Ministerio de Turismo, perfeccionaron con la Ley 7480 los aspectos vinculados al turismo, teniendo en cuenta:

Que se estaba constatando el crecimiento continuo de prestadores no habilitados, quienes realizaban en forma directa o indirecta, el servicio de transporte turístico;

Que era necesaria la creación de instrumentos que permitieran ordenar la actividad, a fin de volver más efectiva la fiscalización y el control del transporte turístico;

Que las excursiones debían ser realizadas por profesionales del turismo –exigidos en la ley nacional 18829- cumpliendo una serie de requisitos que identificaran a las empresas prestatarias y las distinguieran de aquellas que no cumplían con las condiciones habilitantes;

Que de esa forma se protegía a las empresas que cumplían con la normativa legal sobre competencia desleal en materia turística;

Que también el ordenamiento de la actividad permitía amparar a los turistas del incumplimiento de las prestaciones convenidas, de las realizadas en forma irregular, defectuosas o que no cumplieran con las medidas de seguridad y confort requeridas para este tipo de servicios;

Que las excursiones debían  ser guiadas por profesionales habilitados y capacitados en la materia.

La Ley 7480 y su decreto reglamentario establecieron pautas para el desarrollo del transporte de turismo en  Mendoza, donde resulta indispensable. Lo que se omitió incluir al momento de su reglamentación fue que los gobiernos debían tener la voluntad política de aplicarla. Desde el 2006 los distintos gobiernos han incumplido la normativa, generando una ilimitada incursión de servicios informales -que no cuentan con ninguna autorización ni control de seguridad- y de servicios habilitados para otros propósitos (transporte escolar, regular, taxis, remises, comitentes determinados, contratados), que incursionan en el turismo sin tributar impositivamente ni cumplir con la leyes de seguridad social ni seguros necesarios.

3°.        La nueva ley de movilidad en sus noventa y dos artículos se refiere al turismo en solo dos de ellos, y confía al Ejecutivo la reglamentación completa del servicio de turismo, que como ya indicamos, en una docena de años no hubo voluntad de regularizar cuando ya estaba plenamente legislado.

Por ese motivo me refiero nuevamente al dicho de Einstein: “Si hacemos lo mismo seguramente Mendoza seguirá siendo la Saladita del Turismo”.

Confiamos en los compromisos manifestados por el Secretario de Transportes y la Presidenta del Ente Mendoza Turismo, que trabajarán junto a la actividad privada -que es la verdadera generadora de aproximadamente el 13% del PBI, y que emplea y alimenta a más de 25000 familias- y que nos permitan aportar según otro dicho de Einstein: “El aprendizaje es experiencia, todo lo demás es información”.

Los medios y la opinión pública centraron la información del proyecto de Ley en la plataforma digital “UBER”, que en algunos destinos del exterior también incursiona  informalmente en el turismo, sin asumir que uno los principales perjudicados por la falta de discusión y previsiones es justamente el Turismo.

              Ricardo Beccaceci – DNI 8.145.110
              Ex Presidente FEDECATUR (Federación de Cámaras de Turismo de la República Argentina)
              Ex Presidente y actual Vice-Presidente de la Cámara de Turismo de la provincia de Mendoza
              Vocal titular de UCIM.