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Devolución del IVA a extranjeros: su futura reglamentación

A la fecha –lunes 19 de diciembre– fueron 83 las jornadas que transcurrieron de aquella pomposa puesta en escena donde el presidente Mauricio Macri, ladeado por los ministros de Hacienda y Turismo, Alfonso Prat Gay y Gustavo Santos, respectivamente, anunció la reglamentación de la ley de devolución del IVA al extranjero sobre los servicios de alojamiento, contratado tanto en forma directa como a través de agencias de viajes.

El primer mandatario le había dado 60 días corridos a la AFIP para dictar el esquema operativo que pondría en vigencia una ley aprobada hace 15 años y que el titular de Suipacha 1111 viene anunciando como inminente desde marzo pasado.

Sin embargo y pese a las loas discursivas desde la Casa Rosada respecto a la importancia del Turismo en la economía nacional y como un gran aliado para lograr el objetivo de “Pobreza 0”, el organismo recaudador hizo caso omiso a la orden presidencial.

En este sentido y pese a que desde el MinTur continúan con el “speech” de que no hablarán hasta que no esté reglamentada la ley, desde el seno del organismo se filtró que el próximo miércoles 21 de diciembre se desvelaría la reglamentación, la cual entraría en vigencia el 1° de enero de 2017.

LA LETRA CHICA.

En torno a la aplicación de la ley, el escenario por el lado de los hoteleros estaría bien claro. O sea, en teoría, una habitación que al extranjero le costaba $ 121 pasaría a costar $ 100. Bajo el formato de devolución del IVA, el 21% se sigue facturando pero luego es reintegrado al consumidor vía su tarjeta de crédito. “Existe una preocupación enorme por los tiempos que demoró la AFIP para tratar un decreto presidencial”, sostuvo el presidente de la AHT, Aldo Elías, y planteó que “es imperioso contar con la reglamentación lo antes posible porque en enero se realiza la Fitur, y tanto el país como los hoteles necesitan realizar campañas y promocionar sus presupuestos”.

Por tanto, el cómo lo van a aplicar los agentes es un tema aparte dado que las partes siguen sin poder explicar cómo se hará efectiva la devolución cuando haya intermediación mediante. Desde la Faevyt afirmaron con preocupación que el panorama aún no está definido. “Se desconoce la letra chica de la reglamentación pero se presume que las agencias deberán ajustar sus procesos operativos, presentar otras declaraciones juradas o realizar algún tipo nuevo de papeleo”, comunicaron, al tiempo que alertaron que “en el seno de la confección de la reglamentación se barajaba que el proceso de devolución se aplique mediante la factura electrónica, pero debimos recordarle a la AFIP que no todas las empresas utilizan este mecanismo”.

En tanto esperan con esperanza que la AFIP les permita publicar los precios de los paquetes con el valor neto, con el beneficio incluido. “De esta forma el pasajero entiende que tiene un precio comparativamente mejor y después seremos nosotros los que manejemos el tema administrativamente con la AFIP”, comentaron.

Fuente: Ladevi
24/12/2016