A través de la resolución 312 publicada este jueves en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza, el Ejecutivo provincial complementó el decreto a través del cual se estableció la tasa por el uso del túnel Cacheuta-Potrerillos.
En el boletín oficial de este jueves se publicó la reglamentación del pago virtual por el uso del túnel que une Cacheuta con Potrerillos.
Según indica la resolución 312, indica que “resulta necesario: establecer el Sistema de Pago Virtual del que dispondrán los usuarios para proceder al pago de la tasa de uso del túnel”.
Del mismo modo, el texto confirma que a las 00.00 del 1 de enero comenzará a hacerse efectivo el cobro por el uso de la infraestructura vial.
La reglamentación indica, además, “considerar el pago con tarjeta de débito como medio de pago automático para el acceso a descuentos hasta tanto el Sistema de Pago Virtual habilite la opción de adhesión del débito directo en cuenta; aplicar como pago a cuenta los pagos que los usuarios del sistema hayan efectuado a los fines de verificar medios de pago automático y definir el número máximo de vehículos que los usuarios podrán asociar en el Sistema de Pago Virtual”.
LA MINISTRA DE HACIENDA Y FINANZAS RESUELVE :
ARTÍCULO 1º – Institúyase como Sistema de Pago Virtual de la “Tasa de Uso del Túnel Cacheuta Potrerillos”, al sistema dispuesto al efecto en el sitio web www.peajes.mendoza.gov.ar.
ARTÍCULO 2º – Determínese como fecha de entrada en vigencia de la obligación de pago de la “Tasa de Uso del Túnel Cacheuta Potrerillos”, prevista en el Artículo 1° del Decreto Nº 1890/18, el día 01 de enero de 2019 a las 00:00 horas.
ARTÍCULO 3º – Establézcase que a los efectos de la actualización semestral del precio de referencia de la “Tasa de Uso del Túnel Cacheuta Potrerillos”, a ser realizada el último día hábil de los meses de junio y diciembre de cada año, de acuerdo con lo previsto por el Artículo 1º del Decreto Nº 1890/18, se utilizará el último valor informado al momento de efectuar la actualización, disponible en el sitio web http://res1104.se.gob.ar/consultaprecios.eess.php o en aquel que en el futuro lo reemplace.
ARTÍCULO 4º – Considérese como medio de pago automático para el acceso a los beneficios previstos por el Artículo 6 del Decreto Nº 1890/18, a los pagos de la “Tasa de Uso del Túnel Cacheuta Potrerillos” que se realicen en tiempo y forma mediante tarjetas de débito, hasta tanto el Sistema de Pago Virtual habilite la opción de adhesión del débito directo en cuenta como medio de pago automático.
ARTÍCULO 5º – Determínese que el pago que los usuarios del sistema hayan efectuado a los fines de verificar medios de pago automático, será computado como pago a cuenta de futuros cruces.
ARTÍCULO 6º – Establézcase que los usuarios podrán asociar en el Sistema de Pago Virtual hasta un total de TRES (3) vehículos por usuario.
ARTÍCULO 7º – Fíjese en un DOS POR CIENTO (2%) la tasa de interés por mora en el pago de la “Tasa de Uso del Túnel Cacheuta Potrerillos”.
ARTÍCULO 8 – La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2019.
ARTÍCULO 9º – Comuníquese, publíquese, insértese en el Libro de Resoluciones y archívese.
C.P.N. MARIA PAULA ALLASINO
Fuente: Mdz Online
31/12/2018