Con la publicación de la resolución 159, desde la semana pasada es obligatoria la exhibición del código tanto en el domicilio comercial como en las ofertas que se realicen en la web. De todos modos, desde la Faevyt, que celebró la medida, aseguran que el MinTur dará unas semanas de plazo antes de que se apliquen sanciones por incumplimiento (llegan hasta los $ 10 mil). Piden una campaña de comunicación para concientizar a los usuarios.
Tras dos años de trabajo, el Ministerio de Turismo de la Nación publicó en el Boletín Oficial la resolución resolución N°159/2016 que convierte en obligatorio la exhibición del código QR denominado “Agencias Habilitadas”.
El mismo debe ser exhibido en un lugar visible y destacado en cada empresa de viajes (de manera que pueda ser escaneado a una distancia máxima de un metro), así como es obligatorio exhibirlo en todos los anuncios, promociones, ofertas o ventas que realicen las agencias a través de los sitios de Internet.
La medida ya entró en vigor y prevé la aplicación de multas de hasta $ 10 mil para aquellas que incumplan con la norma. De hecho, la ausencia en la resolución de un plazo para que la misma comience a regir generó algunas inquietudes en los socios de la Faevyt. Es que la falta de aviso de que sería publicada la reglamentación (la entidad se enteró por el Boletín Oficial) hizo que muchas empresas quisieran bajarse el QR al mismo tiempo, con el colapso obvio que eso generó en la web.
De todos modos, el titular de la Faevyt, Fabricio Di Giambattista, dijo que se habló con el MinTur para extender el plazo hasta el 1° de julio, fecha en que el sistema estaría completamente operativo. “Sería interesante que desde el Ministerio y con nuestro apoyo organicemos una campaña de concientización importante para darle visibilidad a esta herramienta entre los consumidores”, explicó el dirigente.
Asimismo, recordemos que desde julio pasado el Ministerio de Turismo, a través de la Dirección Nacional de Agencias de Viajes, empezó a informar por mail a las empresas la asignación de un usuario de acceso al software que les permite consultar online el estado de los trámites iniciados ante el organismo y desde allí descargar e imprimir el código QR.
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DE QUÉ SE TRATA
El código QR es un sistema para almacenar información en una matriz de puntos que permite leer su contenido a alta velocidad y guardar en su interior un mensaje escrito o un enlace de Internet. La implementación del denominado “Agencias Habilitadas” permitirá a los turistas-usuarios acceder con su dispositivo móvil –en forma instantánea– a los datos actualizados de las empresas inscriptas en el Registro de Agencias de Viajes: número de legajo, designación comercial, razón social, Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), domicilio comercial, número de teléfono, correo electrónico y sucursales habilitadas.
El mecanismo informático de acceso a datos de la empresa es muy similar al que a fines de 2012 implementó la AFIP con el conocido “Data Fiscal”.
De hecho, en realidad hoy ya está disponible para los usuarios de agencias de viajes de todo el país el listado de empresas habilitadas, con sus datos actualizados. La diferencia es que actualmente hay que hacer seis clicks en la web del MinTur para llegar a esa instancia. Con el QR eso se hace en tiempo real, es decir en la propia agencia, y con sólo escanear el código.
“Esta medida se traduce en un directo beneficio para los turistas- usuarios, quienes con la implementación de este código podrán asegurarse de estar contratando una agencia o entidad debidamente habilitada y en regla. Es algo que venimos impulsando desde nuestra institución y que nos alegra sea puesto en marcha”, concluyó Di Giambattista.
Fuente: Ladevi
01/07/2016