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Informe sobre las gestiones realizadas acerca del Decreto Reglamentario de la Ley 9.086 de movilidad

  1. Ley de Movilidad: En la gestión del trámite legislativo, las instituciones en defensa del turismo y de los intereses de asociados vinculados al transporte de turismo, procuraron por medio de reuniones con los distintos bloques políticos (oficialistas, justicialistas, intransigentes) y con los funcionarios del Ejecutivo: Lic. Gabriela Testa y Dr. Natalio Mema, ratificar los conceptos básicos que inspiraron la Ley 7480:

    a) Que se venía constatando el crecimiento constante en la actividad de prestadores no habilitados para efectuar en forma directa o indirecta el transporte turístico;

    b) Que era necesaria la creación de instrumentos que permitan ordenar la actividad para hacer más efectiva la seguridad, fiscalización y el control del transporte turístico;

    c) Que las excursiones deben ser realizadas por profesionales del turismo –exigidos en la Ley Nacional 18.829- cumpliendo una serie de requisitos que identifiquen a las empresas prestatarias y las distingan de aquellas que no cumplen con las condiciones habilitantes;

    d) Que de esa forma se protege a las empresas que cumplen con la normativa legal en materia turística, de la competencia desleal;

    e) Que también el ordenamiento de la actividad permite amparar a los turistas del incumplimiento de las prestaciones convenidas, de las realizadas en forma irregular, defectuosa o que no cumplan con las medidas de seguridad y confort requeridas para este tipo de servicios;

    f) Que las excursiones deben ser guiadas por profesionales habilitados y capacitados en la materia;

  2. Trámite de aprobación de la Ley: la misma siguió un curso inconsulto hacia la actividad privada, gestora y ejecutora de estos servicios, ya que en ningún momento se convocó a las entidades representativas para que aportaran sus experiencias. Imprevistamente se anuncia el tratamiento del proyecto que enviará el Poder Ejecutivo a Diputados, y la misma se aprueba, reiteramos sin posibilidad de opinar sobre una norma que evidentemente tiene otros objetivos y no priorizó el transporte turístico.
  3. Este reclamo se elevó a las autoridades de Turismo, Transportes y bloques políticos del senado sin que finalmente cambiaran siquiera una coma, producto de las mayorías automáticas actuales. No obstante rescatamos la esperanza con la Presidenta del Ente Mendoza Turismo Licenciada Testa y del Secretario de Transportes Dr. Mema, que en el Decreto Reglamentario se preverían las fallas de consideración en la Ley.
  4. Nuestra nueva frustración surge actualmente con el texto del decreto, el cual desconocemos, pero que según comentarios de un funcionario de turismo -ya que nada se traslada formalmente por escrito- no se consideran las sugerencias del sector privado y los funcionarios Mema y Testa, se niegan a recibir al sector hasta el momento.
  5. Por ello informamos a nuestros asociados que de mantenerse los comentarios que hemos recibido, persistirá la informalidad y los 400 permisos informales otorgados “provisoriamente”, algunos en número de a 60 a pseudo empresas de turismo, contrariando las normativas, continuará el deterioro a las empresas formales que pagan sus impuestos y tienen su personal en blanco, además de disminuir los ingresos del Estado, que por un lado reclaman pero por otro abren plenamente la instancia de la informalidad y evasión impositiva.

Fuente: Cámara de Turismo de la provincia de Mendoza – Asociación Mendocina Empresas de Turismo Automotor
18/09/2018