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La AFIP prorrogó el plazo para las DDJJ

Agencias y hoteles tendrán hasta el 15 de mayo para presentar las declaraciones juradas de las operaciones de reintegro del IVA correspondientes al primer cuatrimestre. El plazo para las de enero y febrero se había vencido hace más de un mes, pero eran contados los casos que habían completado el trámite. Por eso, el sector privado venía reclamando una prórroga para realizar las adaptaciones necesarias.

Un mes después de vencido el plazo previsto, finalmente la AFIP decidió atender el reclamo de los empresarios turísticos y extendió hasta el 15 de mayo inclusive el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas, correspondientes a las operaciones de reintegro del IVA a los extranjeros durante enero y febrero de este año.

“Que atendiendo a inquietudes planteadas por las entidades representativas del sector turístico, resulta oportuno otorgar un plazo especial para la presentación”, señala la resolución general 4.029 firmada por el titular de la AFIP, Alberto Abad, publicada el viernes pasado en el Boletín Oficial.

LA HISTORIA DE LA PRÓRROGA.

El “Régimen Informativo Reintegro del IVA” preveía que, en forma excepcional, las DDJJ correspondientes a enero y febrero había tiempo de realizarlas hasta el 15 de marzo; en tanto que para las del segundo bimestre el plazo era el 15 de mayo.

O sea, en teoría, todos los hoteles y agencias de viajes que desde el 1° de enero habían facturado por servicios de alojamiento a turistas extranjeros ya deberían haber presentado la correspondiente declaración jurada. Sin embargo, en la práctica la enorme mayoría aún no lo hizo. Algunos las presentaron sin movimientos, muchos directamente no las cargaron y otros pidieron prórrogas individuales. Con lo cual, por ende, buena parte de quienes operan receptivo estaban hasta el viernes técnicamente en infracción.

Por eso, la Cámara Argentina de Turismo (CAT) había presentado a fines de marzo un pedido de prórroga a la AFIP, lo cual además fue replicado por la mayoría de sus entidades miembro.

En diálogo con La Agencia de Viajes, los empresarios hoteleros y de agencias de viajes habían explicado que no presentaron las DDJJ fundamentalmente porque el aplicativo recién estuvo disponible en la web de la AFIP el lunes 13 de marzo, cuando dos días después se vencía la presentación. Corto plazo para elaborar un archivo con registros de una complejidad importante. Por eso desde ese mismo día la Fehgra venía solicitando sin éxito hasta ahora una prórroga “razonable” de 60 días para presentar el Régimen Informativo- Turiva y poder facilitar la adaptación de las empresas proveedoras de los sistemas de gestión de los establecimientos a la instrumentación y generación del archivo requerido.

Finalmente la AFIP respondió con la prórroga de 60 días desde la fecha original, con lo cual ahora quedan tres semanas para presentar las DDJJ del primer cuatrimestre. De ahí en adelante las declaraciones deberán hacerse mensualmente hasta el día 15, aun cuando no se hubieran registrado movimientos.

LA HISTORIA DE UN MOLESTIA PREVISIBLE.

En realidad, desde el día siguiente al que se conoció la reglamentación de la devolución del IVA empezaron las muecas en el sector por el establecimiento de un Régimen de Información, que alcanza a las agencias y alojamientos. El punto en cuestión es que para los prestadores la preexistente obligación de contar con un sistema de facturación electrónico vuelve un sinsentido el sumarle además el engorro de cumplimentar un régimen para datos que la AFIP ya cuenta automáticamente.

Fuente: Ladevi
22/04/2017