La Cámara de Turismo de la provincia de Mendoza, en conjunto con AMETA y AMAVyT, presentó una nota al secretario de servicios públicos de Mendoza, Dr. Natalio Mema, con quien mantuvieron una reunión sobre las políticas aplicadas en relación al transporte de turismo en nuestra provincia. El texto de la nota:
Señor Director:
Las entidades firmantes del presente documento, desearían conocer aspectos fundamentales para la actividad privada del sector durante su gestión, en toda la provincia, y en la cual le deseamos el mejor de los éxitos.
Ya estamos a un año y medio de gestión de la presente administración, las experiencias muy negativas de la anterior nos llevan por un lado ofrecer nuestra colaboración y experiencia, y por otro a dejar sentado algunos de los aspectos que estimamos de fundamental importancia para que el turismo de Mendoza pueda desarrollarse y seguir aportando a la economía provincial fuentes de trabajo formales e ingresos genuinos en beneficio de todos los mendocinos.
Los temas centrales son:
1°) LEY 6082 y 7480 – TRANSPORTE DE TURISMO: En forma frecuente transmitimos la realidad de este segmento de los servicios: Más del 75% de informalidad sin que los organismos específicos de controlar: EMETUR y DIRECCION DE VIAS Y MEDIOS DE TRANSPORTES, adopten las medidas de fiscalización correspondiente. El espectro es amplio y pasa por diversas irregularidades:
1.1: AUTOS NO AUTORIZADOS O IRREGULARMENTE AUTORIZADOS: Servicios realizados por autos particulares y/o autorizados para otros servicios: como aeroportuarios –mal encuadrados en comitentes determinados-, remises, taxis, y especialmente por los autos de SERVICIOS DE TURISMO irregularmente autorizados sin respetar las normas vigentes, por la administración anterior y la actual. Sobre este aspecto solicitamos especialmente una auditoria o verificación de la documentación de los últimos 4 años, para lo que ponemos a disposición la colaboración, que estimen pueda ayudar, de las instituciones.
1.2. SERVICIOS CONTRATADOS: Servicios realizados en cualquier época del año, y siempre sin desafectarlos de su servicio autorizado para afectarlo a turismo. Sin cumplir las normas, tales como: listas de pasajeros, guias, TUC –Ver planilla de acta elaboradas recientemente por EMETUR-. Recordamos que los seguros no específicos del servicio autorizado, podrían determinar que las compañías de no respondan ante un eventual siniestro (Ver normas CNRT).
1.3 BUS TURISTICO de la Ciudad de Mendoza: cumplido por unidades no previstas ni autorizadas en la ley provincial, con tarifas que evidencian la existencia de subvenciones para poder sostener las prestaciones. Cobran el 50% de la tarifa del servicio homologado por la AMAVYT, sin facturar, con una estructura evidentemente deficitaria y que de no ser por los subsidios no podría existir.
Acompañamos acta elaborada ante Escribano donde se deja constancia de las irregularidades cometidas por la concesionaria del servicio comercializando servicios y paquetes turísticos en un espacio público no habilitado.
– empleada de la empresa Andesmar
– Comercializadora: Condominios SA y otros UTE
– Venta de servicios turísticos, pasajes y paquetes, en espacio oficial no autorizado según las notas de la ley 18829 y decreto reglamentario
– No emiten factura por los servicios vendidos, en este caso con tarjetas de crédito.
– Promoción y oferta de otros servicios como el denominado Bus Vitivinícola y excursiones regulares de la empresa Kahuak.
1.4. BATEA TURISTICA: al igual que el ítem anterior se trata de un servicio no previsto en la ley, donde es mas que obvio que un funcionario, con una resolución, no puede superar a lo legislado por ley del Poder Legislativo y aprobado por el Ejecutivo.
Acompañamos también acta elaborada ante Escribano donde dejan constancia de las irregularidades cometidas por la irregularmente autorizada para un servicio no previsto en la normativa y ofreciendo servicios regulados en la Ley 7480, con unidades de servicios contratado , esto es comercializando servicios y paquetes turísticos en un espacio publico no habilitado.
Algunas de las irregularidades:
– Prestar un servicio no contemplado en la ley ni formalmente autorizado según las normas
– Comercializar excursiones regulares, como el city tour, no relacionado con el servicio recreativo.
1.5. GESTION DE TRANSPORTES – EMETUR en el Aeropuerto EL PLUMERILLO para facilitar el ingreso de los servicios de comitentes determinados que no responden a la normativa vigente, reiterando la inobservancia de exigencia de los servicios autorizados para el turismo o de oferta libre de la CNRT.
2°) FISCALIZACION: Los ítems anteriormente mencionados están perfectamente tipificados en las normas vigentes. La realidad que un 75% de los prestadores no estén encuadrados o sean informales, es producto de la falta de acción por parte de las autoridades responsables de esta actividad.
2°) REVISIONES TECNICAS: Las empresas que prestan servicios de turismo dentro de Mendoza y además tienen habilitaciones nacionales, deben erogar doble imposición para la revisión técnica, cuando básicamente los requisitos son los mismos. Es necesario coordinar para que en una sola revisión sean validas para la provincia y nación.
Agradeceremos del Sr. Director la APLICACION DE LAS LEYES VIGENTES y las ACCIONES PROCEDENTES a la brevedad posible, que reiteramos solicitamos con el animo de encontrar un camino hacia la solución en el mediano plazo de las IRREGULARIDADES mencionadas, y la seguridad de la fuente de recursos: EL TURISMO.
Firmado:
DANIEL COCCO AMETA (Asociación Mendocina Empresas Turismo Automotor)
SERGIO SANCHEZ AMAVYT (Asociación Mendocina Agencias de Viajes y Turismo)
ARTURO GONZALEZ CTM (Cámara de Turismo de la Provincia de Mendoza)