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Rige el aumento para empleados de agencias

Aumento de sueldo para empleados de agencias

El incremento será del 20%, más una suma extraordinaria de $ 2.000 en diciembre. El primer tramo se aplica con el sueldo de mayo y el otro 10% desde agosto. El beneficio para la parte empresaria es que los aumentos son no remunerativos hasta 2018. Paralelamente, empezó la recaudación del aporte obligatorio con destino al Incatur, el cual por ahora sólo cumplieron menos de 500 agencias. Pero en la Faevyt están conformes con que las empresas con mayor plantilla se hayan sumado en el primer mes de vigencia.

A partir de este mes, con los salarios de mayo, los empleados de agencias de viajes y empresas de turismo deberán recibir un aumento salarial no remunerativo del 10%. Así lo acordaron la Faevyt y su contraparte sindical, la Faecys, que formalizaron el acuerdo paritario 2017 y concertaron incrementar un 20% las escalas vigentes en dos tramos no acumulativos.

Como dijimos, el primero se aplica a partir del sueldo de mayo y el otro 10% desde agosto (a cobrar los primeros días de septiembre).

Ambos aumentos serán no remunerativos hasta 2018 al solo efecto previsional, pero sí se deben tomar en cuenta para vacaciones, aguinaldo, horas extras y adicionales.

A partir del 1° de enero el incremento deberá ser incorporado a los básicos de convenio. Hasta entonces, en el recibo de sueldo se deberá liquidar por separado, bajo la denominación “acuerdo mayo 2017”.

Asimismo, se acordó otorgar una asignación no remunerativa y extraordinaria de $ 2.000 en diciembre. La cual oficiaría como “bono de fin de año”, aunque a la parte patronal no le guste llamarlo así para no generar “costumbre”.

Por otra parte, las partes incluyeron –con términos muy conservadores– una suerte de “cláusula gatillo” por la cual se comprometieron a reunirse en noviembre y enero próximos para analizar si eventualmente la evolución de la inflación obliga o no a un reajuste de los porcentajes acordados.

Por último, los trabajadores deberán hacer un aporte “extraordinario y excepcional” (SIC) de $ 100 mensuales a la obra social de los empleados de Comercio (Osecac).

EL JUEGO DE LAS DIFERENCIAS.

El Convenio Colectivo que desde 2008 rige la relación laboral para los empleados de agencias de viajes es específico. No obstante, el “convenio madre” de Comercio es claramente el marco de referencia para las negociaciones. De hecho, en las grandes cifras no suele variar, sino que las diferencias vienen en el trazo fino: sumas fijas, fechas de tramos y plazos de incorporación como remunerativo.

En este último acuerdo la principal diferencia es que mientras que para Turismo los incrementos no se vuelven remunerativos sino hasta 2018, para Comercio el primer tramo lo hace el 1° de julio y el segundo a partir del 1° de noviembre.

Este punto está lejos de ser un detalle para la patronal, que suele aducir que esta salvedad les permite pasar los meses de baja sin afrontar las mayores cargas sociales de los aumentos remunerativos (las que llegan a cerca del 40% del salario). Además, desde la gremial empresaria aseguran que los empleados reciben “lo mismo de bolsillo o incluso un poco más”.

De todos modos, al igual que el año pasado, se incluyó un ajuste en las escalas (en torno al 2%) en los iniciales a partir de enero de 2018 (ya están publicados). La idea es mantener la intangibilidad del salario cuando los porcentajes se vuelvan remunerativos. O sea, que el 1° de enero 2018 no se vea reducido el ingreso de bolsillo frente al mes anterior.

“Creo que cerramos un acuerdo bueno para las dos partes”, fue la conclusión que dieron desde la Faevyt respecto a una de las paritarias más tranquilas desde que obtuvieron la autonomía para negociar salarios. Y así la sociedad de intereses entre las partes mantiene la paz interna.

Fuente: Ladevi
03/06/2017